13 de mayo de 2009

Apuntes sobre las futuras directivas profesionales y colegiales
Síntomas y diagnósticos de un cambio (VII)

A finales del pasado marzo, el Consejo de Ministros español aprobó remitir a las Cortes el proyecto de Ley sobre libre acceso a actividades de servicio y su ejercicio, la llamada ley paraguas.
Esta nueva ley, orientada a la resolución de mecanismos de convergencia europea, trae consigo la necesidad de una segunda derivada: un compendio de normas e instrucciones «de modificación de diversas leyes para su adaptación a la ley paraguas», y que tiene, a su vez, el sobrenombre de ley omnibus.
El mismo Consejo de Ministros estudió el anteproyecto de la ley omnibus -es decir, no aprobó todavía su remisión a las cortes- que, en su redacción provisional, cambia las reglas de juego de los colegios profesionales del siguiente modo: elimina las restricciones a la publicidad de los servicios profesionales; establece un nuevo marco en el ejercicio de las profesiones de manera societaria; suprime la operativa de informar el ejercicio fuera del territorio del Colegio de inscripción; suprime la función de los Colegios de fijar baremos orientativos de honorarios o cualquier otra recomendación sobre precios; establece que el visado colegial de los trabajos profesionales será voluntario, salvo que lo exijan las leyes; y prevé que la cuota de inscripción o colegiación no podrán superar en ningún caso los costes asociados a la tramitación de la inscripción.
Así los Colegios Profesionales y, para el caso de los arquitectos, el Consejo Superior tienen por delante un escenario crítico que se suma a tantos síntomas y diagnósticos de un cambio profundo. La cuestión es, dado que el punto parece definitivamente de no retorno, ¿qué corresponde hoy defender, reivindicar y ofrecer desde los Colegios Profesionales y, concretamente, desde la envidiada internacionalmente organización profesional española de los arquitectos?
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